Ampliar o reducir tu garantía cuando cambia el contrato de obra: plazos y cálculo según el art. 117

Cada vez que se aprueba un adicional o una ampliación de plazo, tu garantía también debe cambiar. Tienes 10 días hábiles desde que la modificación se aprueba y publica para adecuarla, y sin el aumento no te pagan (art. 117.4). Si el contrato se reduce, en cambio, puedes pedir que la garantía baje en la misma proporción.

6 min de lecturaPublicado el Actualizado el Por Rafael Montoya Álvarez, Fundador de AIT Capital
Conversar por WhatsApp →

Las cuatro reglas del artículo 117

El artículo 117 del Reglamento regula qué pasa con las garantías cuando se modifica el contrato. La Ley reconoce como modificaciones, entre otras, los adicionales, las reducciones, las ampliaciones de plazo y los hechos sobrevinientes no imputables a las partes (art. 63.3 de la Ley N° 32069).

Si la modificación…Qué debes hacerBase
Aumenta el monto del contratoAumentar las garantías de forma proporcional. Es obligatorio.Art. 117.1
Amplía el plazoAmpliar el plazo de las garantías, de corresponder.Art. 117.2
Reduce el monto o el plazoPuedes solicitar la disminución proporcional. Es opcional.Art. 117.3
Cualquiera de las anterioresAdecuar la garantía en máximo 10 días hábiles.Art. 117.4

Adecuación de la garantía tras una modificación

Día 0 Modificación aprobadaResolución aprobada y publicada en la Pladicop.
Día 1 Empieza el plazoCorre desde el día siguiente de la publicación.
Hasta día 10 Garantía adecuadaEntregas el aumento o la nueva vigencia.
Luego Pago liberadoSin el aumento de garantía no procede el pago.
Plazo del art. 117.4: días hábiles desde el día siguiente de aprobada y publicada la modificación.
Ampliar o reducir tu garantía cuando cambia el contrato de obra: plazos y cálculo según el art. 117

Cuándo empieza a correr el plazo de 10 días hábiles

El plazo se cuenta desde el día siguiente de aprobada y publicada la modificación (art. 117.4). En obras, el adicional no requiere adenda: basta con publicar la resolución en la Pladicop para que surta efectos (art. 194.3). En la reducción de prestaciones también basta la publicación de la resolución (art. 109.3).

Por eso, no esperes a que te notifiquen formalmente. Revisa la Pladicop apenas sepas que la entidad está por resolver tu adicional o tu ampliación.

Cómo calcular el aumento

La garantía de fiel cumplimiento se entrega por el 10 % del monto del contrato original (art. 113.1). Si una modificación sube el monto contractual, el aumento es proporcional (art. 117.1).

Ejemplo: un contrato de S/ 8 000 000 tiene una garantía de S/ 800 000. Se aprueba un adicional que eleva el monto contractual en S/ 600 000. La garantía debe subir en S/ 60 000, para cubrir S/ 860 000.

La consecuencia directa

la presentación del aumento de la garantía es requisito para efectuar el pago (art. 117.4). Si la fianza ampliada no llega, la valorización del adicional se queda esperando.

Ampliación de plazo: revisa todas tus vigencias

Una ampliación de plazo obliga a ampliar el plazo de las garantías, de corresponder (art. 117.2). En la práctica, revisa cada una:

Recuerda que no renovar una carta fianza o una póliza antes de su vencimiento habilita a la entidad a ejecutarla (art. 118.2 a).

Reducción del contrato: pide que baje tu garantía

La entidad puede reducir prestaciones hasta por el 25 % del monto del contrato original, mediante resolución, y en esa misma resolución define si también se reduce el plazo (arts. 109.1 y 109.2). Cuando eso ocurre, puedes solicitar la disminución proporcional del monto o plazo de tus garantías (art. 117.3).

Esta reducción no es automática: si no la pides, sigues pagando comisiones sobre un monto que ya no corresponde. Es distinta de la reducción del 5 % que se solicita tras la recepción de la obra (art. 183.2).

Checklist para cada modificación

  1. Identifica si la modificación cambia el monto, el plazo o ambos.
  2. Calcula el nuevo monto de cada garantía y su nueva fecha de vencimiento.
  3. Avisa a tu banco, aseguradora o fiduciaria antes de la aprobación, con el proyecto de resolución.
  4. Descarga la resolución publicada en la Pladicop y marca el día 1 del plazo.
  5. Entrega la garantía adecuada dentro de los 10 días hábiles y guarda el cargo.
  6. Si hubo reducción, presenta por escrito la solicitud de disminución proporcional.
Ampliar o reducir tu garantía cuando cambia el contrato de obra: plazos y cálculo según el art. 117

Cómo te ayuda AIT Capital

Con Fiel Cumplimiento: Fianza gestionamos con bancos y aseguradoras el aumento, la ampliación o la reducción de tus garantías cuando cambia el contrato. Y con nuestro PMO de administración contractual seguimos cada adicional y ampliación en la Pladicop, para que el plazo de 10 días hábiles no frene tu pago.

Fuentes

  • Reglamento de la Ley N° 32069, D.S. 009-2025-EF: arts. 109, 113, 117, 118 y 182 (texto completo).
  • D.S. 001-2026-EF, que modifica los arts. 113, 183 y 194 del Reglamento (texto).
  • Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: art. 63 (texto).

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Verifica siempre el texto vigente de la Ley N° 32069 y su Reglamento, y las bases del procedimiento. AIT Capital no financia directamente: conseguimos el financiamiento a través de nuestros aliados estratégicos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para aumentar la garantía por un adicional?

Diez días hábiles contados desde el día siguiente de aprobada y publicada la modificación (art. 117.4).

¿Qué pasa si no presento el aumento de la garantía?

La entidad no efectúa el pago: el aumento de la garantía es requisito para pagar (art. 117.4).

¿La garantía baja sola si reducen el contrato?

No. Debes solicitar la disminución proporcional del monto y/o plazo de tus garantías (art. 117.3).

¿Una ampliación de plazo me obliga a renovar la carta fianza?

Sí, de corresponder, debes ampliar el plazo de las garantías otorgadas (art. 117.2), sin perder de vista que la de fiel cumplimiento en obras llega hasta la liquidación consentida (art. 182).

CONTÁCTANOS

Tus datos

AIT Capital acompaña a contratistas de obra pública en todo el Perú. Déjenos sus datos y un especialista lo contactará.

O contáctanos directo

Escríbenos o llámanos y un asesor de nuestro equipo te atenderá.

Conversa con nuestros especialistas